El director ejecutivo del Instituto Nacional de Protección al Consumidor (Pro Consumidor), Eddy Alcántara, destacó la importancia de la sentencia TC/0723/24 aprobada por el Tribunal Constitucional (TC) que ratifica y fortalece la potestad sancionadora de la institución que defiende los derechos de los consumidores. Esta sentencia declaró conforme a la Constitución varios artículos de la Ley 358-05, General de Protección de los Derechos del Consumidor. Alcántara agradeció a los jueces del TC por garantizar la protección de los derechos del consumidor por encima de cualquier interés particular que pueda afectarlos.
La sentencia ordenó al Congreso Nacional reformar la Ley 358-05 para asegurar que quede clara la facultad sancionadora reconocida y retenida por el tribunal. Alcántara invitó a los interesados a leer las 168 páginas de la sentencia para comprender el alcance de la decisión. La sentencia reafirma y fortalece las atribuciones de la Dirección Ejecutiva de Pro Consumidor y del Consejo, asegurando que la protección de los derechos del consumidor prevalezca sobre cualquier interés particular que intente socavarla.
Según Alcántara, la sentencia TC/0723/24 fortalece y retiene la facultad de Pro Consumidor, dejando claro que ninguna interpretación maliciosa será permitida. Señaló que las interpretaciones antojadizas de algunos sectores interesados en debilitar las atribuciones de Pro Consumidor no tienen espacio en el marco de la protección de los derechos de los consumidores. El fallo del TC también señaló la incompatibilidad del artículo 112 de la Ley 166-12 con la Constitución, que no está relacionado con Pro Consumidor y ordenó al Congreso reformarlo para asegurar la potestad sancionadora de la institución.
Eddy Alcántara reafirmó el compromiso de Pro Consumidor de seguir trabajando para garantizar y proteger los derechos de todos los dominicanos, tal como lo ha venido haciendo desde que asumió la dirección en marzo de 2021. La sentencia del TC exhorta al Congreso Nacional a legislar para producir una reforma integral del régimen de responsabilidades y sanciones administrativas previstas en la Ley 358-05, con el objetivo de clarificar y fortalecer la facultad sancionadora de la institución.
Las acciones directas de inconstitucionalidad en contra de varios artículos de la Ley 358-05 fueron presentadas por la Asociación Nacional de Distribuidores de Gas Licuado de Petróleo, Inc. (Asonadigas) y la sociedad comercial Butano Propano Industrial, S.A. La sentencia del Tribunal Constitucional reafirma la importancia de la protección de los derechos del consumidor y establece pautas claras para fortalecer la potestad sancionadora de Pro Consumidor. La institución continuará trabajando para garantizar los derechos de los consumidores en la República Dominicana.