El Tribunal Superior Electoral (TSE) emitió una sentencia que ordena excluir a los candidatos a diputados por la Fuerza del Pueblo, Rafael Paz, Seliné Méndez, Margarita Feliciano y Katiuska Alcántara de la boleta electoral. En su lugar, la Fuerza del Pueblo deberá inscribir como candidatos a diputados por la circunscripción 1 del Distrito Nacional a los ganadores del proceso de encuestas: Andy Roberto Morales, Francisco José Guillén y Robert Emmanuel Martínez. El TSE acogió una impugnación contra la resolución de la Junta Central Electoral (JCE) presentada por Roberto Martínez el primero de abril de 2024.

La impugnación fue acogida por el Tribunal, que revocó parcialmente la resolución de la JCE en lo relativo a las candidaturas de diputados de la circunscripción 1 del Distrito Nacional de la Fuerza del Pueblo. Según la sentencia, se constató que el partido había cedido una candidatura en alianza en esa circunscripción y se había reservado otra internamente, no pudiendo incluir ambas en el proceso de encuestas. Sólo concursaron cuatro de seis posiciones en las encuestas, en las que destacaron Andy Roberto Morales, Francisco José Guillén y Robert Martínez.

Las tres candidaturas con mayores valoraciones en las encuestas del partido Fuerza del Pueblo fueron Andy Roberto Morales Rivera, Francisco José Guillén Blandino y Robert Martínez. La organización deberá señalar a la persona que obtuvo la cuarta posición en la contienda interna. El TSE acusó a la JCE de no verificar adecuadamente la documentación base que sustentaba las propuestas de candidaturas presentadas por la Fuerza del Pueblo. En consecuencia, el Tribunal ordenó que la JCE inscriba como candidatos a diputados del partido Fuerza del Pueblo y aliados a los ganadores del proceso de encuestas.

El Tribunal ordenó que la Fuerza del Pueblo identifique a la mujer más votada en el proceso interno para incluirla en la posición número 4 de la circunscripción 1 del Distrito Nacional. Las dos plazas restantes, de un total de seis, que la FP se reservó en esa demarcación, deben ser ocupadas por igual cantidad de mujeres, que pueden ser aportadas por dicho partido o por sus aliados. La sentencia excluye de la propuesta a Margarita Feliciano Rodríguez, Fanny Selinés Méndez Simonó, Katiuska Morel Alcántara y Rafael Ramón Paz Familia. Esto se basa en que las candidaturas presentadas por la Fuerza del Pueblo no cumplían con los requisitos de la Ley número 33 – 18.

En resumen, el TSE emitió una sentencia en la que ordena a la Fuerza del Pueblo excluir a algunos de sus candidatos a diputados por la circunscripción 1 del Distrito Nacional y en su lugar inscribir a los ganadores del proceso de encuestas. La JCE fue acusada de no verificar adecuadamente la documentación base de las propuestas de candidaturas presentadas por la Fuerza del Pueblo, por lo que el Tribunal revocó parcialmente su resolución. La sentencia también ordena a la Fuerza del Pueblo identificar a la mujer más votada en el proceso interno para incluirla en la propuesta de candidaturas en la posición número 4 de la circunscripción. Además, se dispone que las plazas restantes que la Fuerza del Pueblo se reservó en esa demarcación deben ser ocupadas por igual cantidad de mujeres.

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