La Cámara de Diputados aprobó en segunda lectura un proyecto de ley que prohíbe a personas condenadas por violación sexual ejercer trabajos relacionados con niños una vez obtengan su libertad. El proyecto fue aprobado por unanimidad y ahora será enviado al Senado para su estudio y aprobación en dos lecturas adicionales antes de poder ser promulgado por el Presidente de la República. El proyecto establece que aquellos condenados por actos sexuales violentos, inducción a la prostitución, trata de personas, turismo sexual, acto sexual abusivo o pornografía con menores de edad no podrán trabajar con niños, siempre y cuando la sentencia por violación sexual esté definitivamente juzgada.

Antes de ser aprobado en segunda lectura, los diputados realizaron algunas modificaciones al proyecto para fortalecerlo y evitar que sea impugnado en los tribunales. Una de las propuestas consistió en establecer que la inhabilitación para trabajar con niños se aplique por un periodo de 30 años, en lugar de ser permanente como se establecía en la propuesta original. También se agregó un párrafo para especificar que la inhabilitación comenzará una vez que los agresores hayan completado su condena de cárcel. Sin embargo, una modificación que buscaba ampliar la prohibición de trabajar no solo en el sector educativo, sino también en actividades religiosas, culturales y deportivas, fue retirada por considerarse demasiado limitante.

Una vez aprobadas las modificaciones, el proyecto de ley fue enviado al Senado para su debate y aprobación. Este proyecto estuvo estancado en la Cámara de Diputados durante casi 10 años antes de ser aprobado en segunda lectura. Ahora, el Senado deberá llevar a cabo su estudio y someterlo a dos lecturas adicionales antes de que pueda convertirse en ley. El objetivo de esta medida es proteger a los niños y niñas de posibles agresores sexuales y garantizar un entorno seguro en entornos educativos y de cuidado.

El proyecto de ley también establece que, en el caso de que una persona esté siendo investigada por violación sexual pero no haya sido juzgada, el Ministerio de Educación deberá suspender sus servicios de educación, cuidado u orientación a menores de edad hasta que se haya resuelto el proceso judicial. La iniciativa busca prevenir la reincidencia de agresores sexuales y garantizar la seguridad y bienestar de los niños y niñas en la República Dominicana. Con la aprobación en segunda lectura, el proyecto avanza un paso más hacia su promulgación y aplicación en beneficio de la infancia en el país.

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