La Cámara de Cuentas (CCR) anunció que los funcionarios municipales que no realizaron la declaración jurada patrimonial se les retendrá el salario. Esta medida se tomó después de que el plazo para que los funcionarios electos y reelectos, así como los salientes, declararan sus bienes finalizara el pasado 25 de mayo. En una reunión reciente en la CCR, se convocó a representantes de la Liga Municipal Dominicana, la Federación Dominicana de Municipios (Fedomu), la Federación Dominicana de Juntas de Distritos Municipales, el Ministerio de Administración Pública y la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental para recordarles la obligación legal de presentar las declaraciones juradas de patrimonio y las consecuencias del incumplimiento.

El presidente de la Cámara de Cuentas, Janel Andrés Ramírez, expresó la disposición de la entidad para brindar asistencia a los funcionarios municipales en caso de dudas sobre la normativa y el manejo de la plataforma tecnológica para la presentación de la declaración. Se emitió una circular dirigida a alcaldes, vicealcaldes, directores de juntas de distritos, regidores, vocales, entre otros, recordándoles las facultades constitucionales y legales de la Cámara de Cuentas y la obligación de los gobiernos locales de cumplir con la declaración jurada de patrimonio, especificando las sanciones por no hacerlo, incluida la retención de salarios, salarios y otras remuneraciones hasta que se presente la declaración jurada y se obtenga la evidencia del documento de recepción emitido por la CCRD.

Según información de la CCR, solo 127 funcionarios municipales realizaron su declaración jurada de patrimonio en el plazo establecido, mientras que a otros 198 declarantes les fueron devueltas sus declaraciones debido a errores como hacerlas ante un notario bajo la derogada Ley 82-79, falta de documentos de soporte, especialmente certificaciones bancarias, y enviar la documentación con representantes que no podían responder o aclarar dudas sobre lo depositado. En cuanto a los funcionarios municipales electos y reelectos, se espera que unos 2,500 presenten declaración jurada de inicio del cargo o de actualización de datos.

El reglamento de aplicación de la Ley 311-14 establece en su artículo 30 la facultad de la retención de salarios para aquellos funcionarios que no cumplan con la declaración jurada de patrimonio. Esto se aplica incluso a aquellos funcionarios que no cobran a través de la Tesorería Nacional. La Cámara de Cuentas puede indicar que se encuentran en incumplimiento y ordenar la retención de pagos. Es fundamental que los funcionarios municipales cumplan con este proceso para garantizar la transparencia y la ética en la gestión de los recursos públicos.

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