La Cámara de Diputados aprobó en segunda lectura el proyecto de ley que crea un régimen de inhabilidad para personas con antecedentes de delitos sexuales que deseen ejercer profesiones relacionadas con la educación de menores y personas con condiciones especiales. La propuesta, presentada por la diputada Lourdes Aybar, ahora pasará al Senado para su consideración. El artículo tres del proyecto fue modificado para establecer la temporalidad de la inhabilidad, la cual será de 30 años con el objetivo de proteger el interés superior de los niños y adolescentes.

La nueva normativa establece que la inhabilidad se aplicará a partir de una sentencia condenatoria y solo afectará a aquellas personas que hayan cometido delitos de naturaleza sexual mientras desempeñaban funciones relacionadas con la educación, orientación, cuidado e instrucción de menores y personas con condiciones especiales. La ley se aplicará en todas las instituciones, tanto públicas como privadas, que ofrezcan servicios educativos, deportivos y culturales en todo el territorio nacional. La intención es garantizar un ambiente seguro y protegido para los grupos vulnerables.

La creación de este régimen de inhabilidad responde a la necesidad de proteger a los niños y adolescentes de posibles abusos por parte de personas con antecedentes de delitos sexuales. La ley busca evitar que individuos con este tipo de historial puedan acceder a trabajos que involucren la interacción con menores y personas vulnerables, y así evitar situaciones de riesgo para su integridad física y emocional. La temporalidad de la inhabilidad, fijada en 30 años, se fundamenta en el interés superior de la infancia y la adolescencia.

La modificación del artículo tres del proyecto de ley establece claramente el alcance y la aplicación de la inhabilidad, delimitando que solo afectará a aquellas personas que hayan sido condenadas por delitos sexuales mientras ejercían actividades relacionadas con menores y personas con condiciones especiales. La legislación busca regular y supervisar el acceso de personas con antecedentes a empleos que impliquen la responsabilidad de cuidar, educar o guiara menores, con el fin de prevenir posibles situaciones de riesgo y proteger a los sectores más vulnerables de la sociedad.

La propuesta de ley también refuerza la importancia de la justicia y la protección de los derechos de los niños y adolescentes, priorizando su bienestar y seguridad por encima de otras consideraciones. La aplicación de la inhabilidad solo a personas con antecedentes de delitos sexuales garantiza que aquellos que han cometido estos actos no puedan acceder a trabajos que impliquen el cuidado y la educación de menores y personas vulnerables, contribuyendo así a la prevención de posibles abusos y protegiendo a los sectores más vulnerables de la sociedad.

En resumen, la aprobación en segunda lectura del proyecto de ley que crea un régimen de inhabilidad para personas con antecedentes de delitos sexuales que deseen ejercer profesiones relacionadas con la educación de menores y personas con condiciones especiales responde a la necesidad de proteger a los sectores más vulnerables de la sociedad. La temporalidad de 30 años de la inhabilidad y la delimitación clara de su alcance y aplicación buscan garantizar un entorno seguro y protegido para los niños, adolescentes y personas con condiciones especiales, evitando posibles situaciones de riesgo y abuso.

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