El Tribunal Superior Administrativo (TSA) rechazó el recurso de tercería presentado por Rafael Ramón Paz Familia, Rosa Margarita Feliciano Rodríguez y Fanny Selinés Méndez Simonó para continuar siendo candidatos a diputados por la Fuerza del Pueblo. El TSA argumentó que no se presentaron pruebas que demostraran la viabilidad de excluir a Robert Enmanuel Martínez Amparo como ganador del proceso de encuestas, ya que adquirió el derecho a ser propuesto como candidato al obtener una de las cuatro posiciones disputadas por el partido. Las candidaturas de Paz, Méndez y Feliciano Rodríguez fueron excluidas de la boleta electoral por el Tribunal Superior Electoral (TSE).

En su decisión, el TSA afirmó que el partido Fuerza del Pueblo está obligado a proteger las posiciones de los candidatos ganadores internos y a garantizar la proporción de género de acuerdo con los criterios del tribunal. Además, el tribunal rechazó el recurso de revisión presentado por Gisselle Cruz de Comprés, indicando que carecía de méritos jurídicos y confirmó la sentencia original en todas sus partes. Los jueces del TSA dictaminaron la ejecución provisional de la decisión, independientemente de cualquier recurso que se presente.

El TSA admitió los recursos de tercería presentados contra la sentencia del TSE y rechazó las conclusiones principales y subsidiarias por considerarlas improcedentes. En cuanto a la forma, el tribunal consideró que no se violaron los principios del debido proceso y que la decisión del TSE no infringió las disposiciones legales sobre las reservas de candidaturas. Se destacó que la designación de las personas que ocuparán las plazas reservadas está sujeta al respeto de los resultados del proceso interno y a la proporción de género establecida por la ley electoral.

El TSA también señaló que no se presentaron pruebas que demostraran la exclusión de Robert Enmanuel Martínez Amparo como ganador del proceso de encuestas, y que el partido estaba obligado a salvaguardar las posiciones de los candidatos ganadores y a garantizar la proporción de género. Los magistrados del tribunal declararon inadmisible la solicitud de inejecución e inoponibilidad de la sentencia recurrida, en virtud de la decisión de rechazar el recurso incoado. En relación con el recurso de revisión de la sentencia del TSE, el TSA también lo rechazó por carecer de méritos jurídicos.

En resumen, el Tribunal Superior Administrativo rechazó el recurso de tercería presentado por los candidatos a diputados de la Fuerza del Pueblo y confirmó la exclusión de las candidaturas de Rafael Paz, Fanny Selinés Méndez y Rosa Margarita Feliciano Rodríguez de la boleta electoral. El TSA destacó la importancia de respetar la proporción de género en la selección de candidatos y la obligación de los partidos políticos de proteger las posiciones de los candidatos ganadores internos. Además, el tribunal rechazó un recurso de revisión por carecer de fundamentos jurídicos.

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