En 1958, el Congreso aprobó una ley de propiedades, pisos o apartamentos con el objetivo de regular la convivencia y las estructuras en los edificios de apartamentos y en los condominios. Sin embargo, a lo largo de los 66 años de aplicación de esta ley, ninguna de sus disposiciones ha sido obligatoria. La Ley 5038 contiene varios artículos que sugieren seguros para los edificios o juntas administradoras en las viviendas compartidas, prohibiendo a los habitantes hacer innovaciones o modificaciones que afecten la estética o seguridad de la edificación, así como perturbar la tranquilidad de los vecinos.

En el artículo 8 de la ley, se establece que para construir nuevas instalaciones en la edificación o reformar los lugares comunes se necesita el consentimiento de todos los propietarios. Según la normativa, los propietarios forman un consorcio con personalidad jurídica y pueden actuar como sus propios representantes legales. Además, en el artículo 11 se dispone que los propietarios están obligados a contribuir con el pago de las primas de seguros colectivos. A pesar de que no se ha registrado ningún proyecto para modificar esta ley desde su entrada en vigencia, se ha presentado un proyecto de ley de alquileres de bienes inmuebles y desahucios que busca regular las relaciones legales entre los contratantes.

En los últimos 20 años, la expansión urbana en el país ha propiciado un aumento exponencial de condominios, lo que ha generado la necesidad de una regulación más actualizada y adaptada a la realidad actual. La ley de propiedades, pisos o apartamentos vigente desde 1958 ha quedado obsoleta y no ha sido modificada, a pesar de los cambios en la sociedad y en la estructura de los edificios de apartamentos y condominios. La falta de actualización de esta ley ha creado un vacío legal y dificultades en la convivencia y en la administración de los edificios compartidos.

Es necesario que se realice una revisión y una actualización de la ley de propiedades, pisos o apartamentos vigente en la República Dominicana, para adaptarla a la realidad actual y garantizar una convivencia armoniosa en los edificios de apartamentos y condominios. La regulación de las relaciones entre propietarios, la administración de los espacios comunes y la seguridad de las edificaciones deben ser aspectos clave a tener en cuenta en una nueva legislación. Además, es importante fomentar la participación activa de los propietarios en la toma de decisiones y en la gestión de los condominios para lograr un adecuado funcionamiento de estos espacios compartidos.

La falta de modificaciones en la ley de propiedades, pisos o apartamentos desde su aprobación en 1958 ha generado un marco legal obsoleto que no se ajusta a las necesidades y realidades actuales de los condominios en el país. La presentación de un proyecto de ley de alquileres de bienes inmuebles y desahucios muestra la necesidad de actualizar la legislación vigente y de adaptarla a los cambios en la sociedad y en la estructura de los edificios compartidos. Es fundamental que se promueva un proceso de revisión y actualización de la ley para garantizar una convivencia armónica y una correcta administración de los condominios en la República Dominicana.

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