A pocas horas del inicio de las votaciones, la Junta Central Electoral (JCE) prohibió las encuestas a boca de urna, pero luego tuvo que retractarse ante las protestas y las evidencias claras de que esta medida violaba la ley electoral y la Constitución. En un comunicado, la JCE advirtió que estaba prohibida la realización de encuestas a boca de urna, sondeos y mediciones de ningún tipo sobre los resultados de las elecciones presidenciales y congresuales que se celebrarían el domingo 19 de mayo. Sin embargo, luego aclaró que lo que estaba prohibido era la divulgación de los resultados de estas encuestas.

De acuerdo con la nota aclaratoria del órgano comicial, la decisión se basó en el artículo 20 de la Ley 20-23, Orgánica de Régimen Electoral, que detalla las atribuciones del pleno de este Extrapoder. El párrafo 13 de la norma indica que se podrá modificar los plazos establecidos en la ley para cumplir obligaciones o formalidades, o para ejercer derechos, específicamente para una elección determinada, cuando sea necesario para garantizar el ejercicio del derecho al sufragio de manera más eficiente.

El Partido Revolucionario Moderno (PRM) rechazó la medida de la JCE que prohibía la realización de encuestas a boca de urna, considerándola contraria a la Ley 20-23 del régimen electoral. El delegado político del PRM ante la JCE, Sigmund Freund, publicó un mensaje en redes sociales en el que calificó la medida como ilegal y contraria a la ley. El presidente del partido, José Paliza, también condenó la decisión, afirmando que la ley es clara en cuanto a la realización de encuestas a boca de urna por parte de firmas encuestadoras certificadas.

El artículo 216 de la Ley 20-23 Orgánica del Régimen Electoral establece que las firmas encuestadoras certificadas pueden realizar encuestas o sondeos a boca de urna, siempre y cuando los resultados sean depositados en la Junta Central Electoral en sobres cerrados y sellados, y se cumpla con los requisitos exigidos por la JCE. Estos resultados no pueden ser divulgados hasta tres horas después del cierre de las votaciones. Por lo tanto, la prohibición de la JCE de la realización de encuestas a boca de urna contradice esta disposición legal.

Ante la controversia generada por la prohibición de las encuestas a boca de urna por parte de la JCE, el PRM y diversos sectores de la sociedad civil expresaron su rechazo a esta medida y exigieron que sea revocada. La decisión de la JCE de prohibir la divulgación de resultados de encuestas a boca de urna durante las elecciones presidenciales y congresuales causó polémica y cuestionamientos sobre su legalidad y su efecto en la transparencia del proceso electoral. Es importante garantizar que se respeten las leyes electorales y se asegure la participación ciudadana de manera libre y justa en el proceso electoral.

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