La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) en Santo Domingo absolvió a Víctor Díaz Rúa y Ángel Rondón de la condena por sobornos otorgados por la empresa Odebrecht debido a la falta de pruebas que sustentaran la acusación, como lo establece el Código Procesal Penal. Además, se confirmó la absolución de Conrado Enrique Pittaluga por la falta de responsabilidad penal. La sentencia fue emitida el pasado 31 de julio y se casó la sentencia anterior sin envío, dictando una nueva sentencia basada en las pruebas presentadas.

La SCJ rechazó el recurso de casación presentado por el Ministerio Público y otros fiscales contra la sentencia de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, confirmando la absolución de Díaz Rúa y Rondón. Se ordenó el cese de todas las medidas de coerción en su contra, así como la devolución de todos los bienes incautados a los acusados, incluyendo propiedades, sociedades y cuentas bancarias.

El caso Odebrecht se originó a partir de las acusaciones de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) por sobornos recibidos de la empresa brasileña para asegurar contratos de obras públicas y financiamientos. En 2021, Díaz Rúa y Rondón fueron condenados a penas de prisión, multas y decomiso de bienes por soborno internacional y lavado de activos. La decisión fue apelada y llegó a la SCJ para su revisión.

El tribunal de la SCJ, en su fallo, destacó la falta de pruebas concretas que demostraran la participación de los acusados en los delitos imputados. En el caso de Díaz Rúa, no se encontraron pruebas suficientes de un delito precedente que justificara la acusación por lavado de activos. Además, la interpretación errónea de las pruebas por tribunales inferiores dificultó el proceso judicial, requiriendo una revisión y corrección.

El fallo de la SCJ en el caso Odebrecht resalta la importancia del debido proceso y la necesidad de pruebas sólidas y verificables en las acusaciones penales. A pesar de la absolución de los acusados, subraya la importancia de investigaciones exhaustivas para garantizar la justicia. La falta de pruebas en este caso destaca la necesidad de fortalecer las capacidades investigativas y probatorias en la lucha contra la corrupción. El fallo también destaca las limitaciones del marco legal en delitos como el enriquecimiento ilícito, sugiriendo la necesidad de revisar y mejorar la legislación en esta área.

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