El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional el artículo 101.2 de la Ley de Tránsito, que establece restricciones a las personas mayores de 65 años para obtener y renovar la licencia de conducir. A pesar de esta decisión, el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) continuó aplicando la norma, lo que podría deberse a desconocimiento o conveniencia ya que implicaba una mayor recaudación para la institución. La Fundación para la Promoción de Estudios Legales (Funprel) presentó la acción directa de inconstitucionalidad ante el TC, argumentando que la restricción violaba el derecho de igualdad de los conductores de pasajeros.

El TC declaró contraria a la Constitución el artículo en cuestión, ya que limitaba la edad de operación de los conductores de transporte público. La sentencia declaró inconstitucional el artículo 101.2 de la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana. Según la declaración, los conductores mayores de 65 años pueden renovar la licencia por un máximo de dos años, en lugar de los cuatro años establecidos para conductores más jóvenes. Sin embargo, se desconoce si esta sentencia fue comunicada al Intrant, ya que continúa aplicando la norma restringida.

El juez Hermogenes Acosta de los Santos emitió un voto salvado al considerar incorrecta la argumentación presentada en cuanto a la legitimación de las personas físicas para accionar ante la inconstitucionalidad. Explicó que en el sistema de justicia constitucional dominicano no existe una "acción popular" en cuestiones de inconstitucionalidad, y que quienes presenten una acción deben demostrar que tienen un interés legítimo y jurídicamente protegido. Otros jueces también emitieron votos salvados y particulares respecto a la sentencia.

Por otro lado, el Senado aprobó una resolución solicitando al director ejecutivo del Intrant, Milton Morrison Ramírez, llevar a cabo inspecciones técnicas anuales de los vehículos, según lo establecido en la ley de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. La resolución presentada por el senador Antonio Marte sugiere el retiro gradual de vehículos chatarra o en mal estado. Esta medida se suma al fallo del TC que beneficia a los conductores de 65 años en adelante, quienes ahora podrán operar sin restricciones de edad.

En resumen, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la restricción de edad para obtener y renovar la licencia de conducir impuesta a los mayores de 65 años. A pesar de la decisión, el Intrant continuó aplicando la norma restringida, lo que generó discrepancias y dudas sobre la comunicación de la sentencia. Además, se han presentado iniciativas legislativas para mejorar la seguridad vial y regular el transporte terrestre en la República Dominicana.

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