El Tribunal Superior Electoral (TSE) se reservó el fallo de la demanda presentada por la Federación Nacional de Transporte Social Cristiana (Fenatransc) y otros, solicitando la inclusión de candidatos presidenciales faltantes en un debate electoral organizado por la Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (ANJE). El tribunal rechazó una solicitud de aplazamiento del proceso y también la recalificación de la demanda como acción de amparo, basándose en la naturaleza jurídica asignada por la parte demandante. La Junta Central Electoral fue excluida del proceso al no haber solicitud en su contra, al igual que el Partido Fuerza del Pueblo y su candidato presidencial, Leonel Fernández Reyna, permitiendo su participación en el debate.

Los demandantes, a través de su abogado Carlos Manuel Mesa, solicitaron al TSE que el debate electoral convocado por ANJE el 24 de abril de 2024 incluya a todos los candidatos presidenciales de las organizaciones políticas participantes en el nivel presidencial. Hasta el momento, el debate cuenta con la participación de los candidatos de partidos que obtuvieron al menos el 5% de los votos en las elecciones presidenciales de 2020: Luis Abinader (PRM), Abel Martínez (PLD) y Leonel Fernández (Fuerza del Pueblo). El Tribunal emitirá sentencia sobre este asunto en los próximos días dentro del plazo legal establecido.

El TSE informó que la decisión sobre la demanda será comunicada a las partes vía Secretaría. Los integrantes del tribunal rechazaron la solicitud de aplazamiento del proceso, argumentando que la parte demandante tuvo tiempo suficiente para regularizar la demanda y no lo hizo. Asimismo, se rechazó la intervención voluntaria del interviniente por no comparecer y no haber sido regularmente incoada. La recalificación de la demanda como acción de amparo también fue negada, siguiendo el principio de que las acciones jurisdiccionales deben ser conocidas por los tribunales según la naturaleza jurídica asignada por la parte demandante.

La Alta Corte excluyó del proceso a la Junta Central Electoral al no haber solicitud en su contra, permitiendo a sus representantes legales abandonar el estrado. También se excluyó al Partido Fuerza del Pueblo y su candidato presidencial como se solicitó en la reformulación de la demanda original, permitiendo la participación de Leonel Fernández Reyna en el debate. Con estas decisiones, se despeja el camino para la participación de dicho candidato en el debate electoral organizado por la ANJE. El Tribunal se prepara para dictar sentencia sobre este asunto en los próximos días, cumpliendo con el plazo legal establecido.

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