El Tribunal Superior Electoral (TSE) acogió la impugnación presentada por el candidato a diputado de ultramar del partido Fuerza del Pueblo, Ramón Modesto Antonio Tallaj Ureña, y ordenó que se cambie el orden de las candidaturas presentadas por la organización en la circunscripción 1 del exterior. El TSE determinó que Tallaj Ureña debe figurar en la primera posición de la boleta electoral, seguido por Henry Joel Abreu Morillo en tercer lugar, y Leiby Laury Núñez Mercado en segunda posición. Esta decisión se aplica únicamente a las candidaturas de diputados en la circunscripción 1 presentadas por Fuerza del Pueblo, de acuerdo con los resultados internos obtenidos por la organización, en cumplimiento de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

La Resolución 01-2024 de la Junta Central Electoral establece los criterios para determinar el orden de postulación de candidaturas plurinominales. En la consulta virtual realizada para definir las candidaturas a diputados del exterior, en la circunscripción 1, que incluye Estados Unidos y Canadá, los resultados mostraron que Ramón Modesto Antonio Tallaj Ureña obtuvo el mayor porcentaje de apoyo, con un 41%, seguido por Leiby Laury Núñez Mercado con un 18.14%. Henry Joel Abreu Morillo también recibió una cantidad significativa de votos, con un 16.59%. Estos resultados influyeron en la decisión del TSE de reorganizar el orden de las candidaturas de Fuerza del Pueblo en esa circunscripción.

El proceso de determinar el orden de postulación de las candidaturas plurinominales es parte de las normativas establecidas por la JCE para garantizar transparencia y equidad en los procesos electorales. La impugnación presentada por Ramón Modesto Antonio Tallaj Ureña y la posterior decisión del TSE demuestran la importancia de seguir estos criterios establecidos en la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos para resolver disputas internas y garantizar la representación adecuada de los candidatos en las boletas electorales.

La reorganización del orden de las candidaturas de Fuerza del Pueblo en la circunscripción 1 del exterior responde a la necesidad de respetar los resultados obtenidos en el proceso interno de la organización, reflejando así la voluntad de los votantes. Esta medida busca asegurar que los candidatos que recibieron mayor apoyo de sus seguidores ocupen posiciones destacadas en la boleta electoral, lo que puede influir en el resultado final de las elecciones en esa circunscripción. La JCE y el TSE están encargados de garantizar que se respeten los procedimientos establecidos y que se cumplan las normativas electorales para asegurar un proceso justo y democrático en todo momento.

En un contexto político donde las rivalidades internas y las disputas por el poder pueden surgir con frecuencia, es fundamental contar con instituciones como la JCE y el TSE que puedan resolver conflictos y garantizar que los procesos electorales se desarrollen de manera justa y transparente. La impugnación presentada por Tallaj Ureña y la decisión del TSE de reorganizar el orden de las candidaturas en la circunscripción 1 del exterior son ejemplos de cómo se pueden abordar las diferencias internas de manera legal y equitativa, siguiendo las normativas vigentes y promoviendo la participación democrática de los ciudadanos en el proceso electoral. A través de decisiones como esta, se fortalece la democracia y se garantiza la representación adecuada de los intereses de la ciudadanía en el ámbito político.

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