La juez Franchesca Potentini del Segundo Juzgado del Distrito Nacional negó al Ministerio Público la prórroga de cuatro meses que solicitó para presentar acto conclusivo en el caso Calamar, intimándolo a que lo haga en un plazo de 15 días. Esto se debe a una solicitud hecha por la defensa de Gonzalo Castillo, quien planteó al tribunal declarar una inadmisibilidad sobrevenida en la solicitud de prórroga.

Los defensores de Castillo argumentaron que los plazos legales para presentar la acusación en caso complejo habían vencido, siendo de 8 meses más una prórroga de cuatro. En la audiencia la fiscal Mirna Ortiz confirmó que el plazo había expirado, por lo que la defensa planteó la inadmisibilidad y solicitó que se intimara al Ministerio Público a presentar el acto conclusivo en un plazo no mayor a 15 días.

El plazo máximo para presentar la acusación venció el 4 de abril de 2024, ocho días antes de la audiencia en la que se discutió la prórroga solicitada por el Ministerio Público. Los abogados de Castillo señalaron que otorgar una prórroga retroactiva sería imposible según la ley, por lo que pidieron que se declare inadmisible la solicitud de prórroga y se intime al órgano acusador a presentar la acusación en el plazo establecido.

El Ministerio Público reconoció que el plazo había vencido, pero argumentó que la jueza debía conocer primero el fondo de la prórroga antes de referirse a una posible inadmisibilidad. Sin embargo, la defensa de Castillo sostuvo que el tribunal no puede otorgar un plazo retroactivo que ya ha expirado, ya que la ley lo prohíbe. Otras defensas también se unieron a la petición de declarar la inadmisibilidad de la prórroga.

Finalmente, la corte decidió aceptar la solicitud de la defensa de Castillo y decidió intimar al Ministerio Público a presentar la acusación en un plazo máximo de 15 días, debido a que los plazos legales para presentar la acusación en casos complejos ya habían vencido. La jueza Franchesca Potentini basó su decisión en el respeto a los plazos establecidos por la ley y en evitar posibles situaciones frustrantes e innecesarias en el proceso judicial.

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