El Poder Ejecutivo promulgó la Ley 13-24, que establece un nuevo estatus para el Banco del Reservas (Banreservas), convirtiéndolo en un banco múltiple sin exenciones fiscales, privilegios ni limitaciones. Esta es la primera vez en 61 años que se realiza un cambio significativo en la normativa que regula al Banreservas. La nueva ley coloca al Banco en igualdad de condiciones con las demás entidades del sistema financiero, manteniendo al Estado como único accionista. La legislación entró en vigor con la promulgación del presidente Luis Abinader y su publicación en la Gaceta Oficial.

La nueva normativa establece que el Banreservas tendrá un capital de 39,000 millones, el cual podrá aumentarse o disminuirse a través de decisiones del Consejo de Directores, siguiendo lo establecido por la Ley Monetaria y Financiera. Esta facultad permitirá al banco tomar decisiones relacionadas con su capital de forma autónoma, garantizando su fortaleza financiera y el cumplimiento de los requisitos regulatorios. Además, la ley elimina la exención fiscal general a favor del Banco de Reservas, equiparándolo en condiciones competitivas con las demás instituciones financieras en República Dominicana.

El Banco de Reservas de la República Dominicana ahora se denomina oficialmente Banco de Reservas de la República Dominicana – Banco Múltiple, y el cargo de administrador general cambia a presidente ejecutivo. Estos cambios de nomenclatura buscan adaptar al Banreservas a las instituciones bancarias nacionales e internacionales, sin afectar su estructura organizativa ni las funciones de sus colaboradores. Esta modernización de la entidad la hace más ágil, centrada en el cliente y lista para enfrentar los desafíos de la transformación digital, la innovación y la sostenibilidad ambiental.

Con respecto al Consejo de Directores, este estará integrado por 14 miembros, incluyendo el ministro de Hacienda como presidente y el presidente ejecutivo del Banco. Doce miembros serán designados por el Poder Ejecutivo, y tres de ellos serán recomendados por la Junta Monetaria como "miembros independientes". Los suplentes pasarán a ser miembros titulares, eliminando la figura de miembros suplentes. Los miembros del Consejo, al cesar sus funciones, no podrán desempeñar actividades en entidades financieras durante un año, excepto el ministro de Hacienda.

El Estado seguirá siendo el único accionista del Banco de Reservas, con derecho al 40% de las utilidades generadas. Del 15% que le corresponde directamente al Estado, se destinará a cubrir deudas con la institución financiera, mientras que el 60% restante se destinará a reservas patrimoniales del banco. Otras modificaciones incluyen la protección de la integridad de la organización, la reducción de procesos para agilizar aprobaciones y se transparentan diversos aspectos para incrementar la eficiencia operativa. La nueva legislación busca promover la competitividad del Banco en el mercado financiero y fortalecer su papel en el desarrollo económico y social del país.

Compartir.
Exit mobile version