El mercado cambiario dominicano se fortalece con mecanismos de supervisión que garantizan transacciones seguras, aunque aún enfrenta limitantes como el pago del 0.15% por cada transacción electrónica y dificultades con algunos productos y servicios. Los 17 bancos múltiples son autorizados para recibir depósitos y prestar dinero en moneda extranjera, mientras que otros 43 agentes autorizados por la Superintendencia de Bancos se encargan de la compra y venta de divisas, incluidas libras esterlinas, dólares, euros y otras monedas. Además, existen actores no regulados que trabajan de manera informal en el cambio de dinero según la necesidad del cliente.

En general, el mercado cambiario opera en condiciones de libre mercado, con operaciones basadas en una tasa de referencia diaria fijada por el Banco Central. Esta tasa rige tanto el mercado formal como el informal, y los entes ajustan sus niveles de ganancias según esta referencia, pudiendo colocar sus tasas entre un 3 o 4% por encima o por debajo de lo fijado por la entidad monetaria. Sin embargo, para algunos clientes como Romeo González, las limitaciones en el proceso de pago de tarjetas de crédito en moneda extranjera con transferencias electrónicas pueden generar complicaciones.

La Asociación Dominicana de Intermediarios Cambiarios señala que la regulación no permite el cambio directo entre monedas ni pagos en diferentes divisas entre distintos bancos, siendo necesario realizar la conversión del dinero antes de efectuar ciertas transacciones. Además, los agentes de cambio deben enfrentar el pago del 0.15% de impuestos por cada transacción electrónica, lo que representa un desafío para el sector. Asimismo, el proceso de apertura de cuentas en moneda extranjera requiere una verificación ágil y precisa que cumpla con los requisitos de las regulaciones nacionales e internacionales.

Para los extranjeros que necesitan abrir una cuenta en República Dominicana, existen requerimientos regulatorios específicos, como ser residentes legales en el país y cumplir con la Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas Extranjeras (Fatca) en caso de ciudadanos estadounidenses. En cuanto a las cuentas corrientes, la Ley Monetaria y Financiera establece que solo se permiten depósitos a la vista en moneda nacional, mientras que los depósitos de ahorro y a plazo pueden ser en moneda nacional y extranjera. No se permiten depósitos en cuenta corriente en moneda extranjera según la regulación vigente.

En conclusión, a pesar de los avances en materia de supervisión y regulación, el mercado cambiario dominicano aún enfrenta desafíos y limitaciones que afectan a distintos agentes del sector. La existencia de actores no regulados que operan de manera informal, así como los obstáculos en el proceso de transacciones electrónicas y apertura de cuentas en moneda extranjera, son aspectos a tener en cuenta para continuar fortaleciendo este mercado y garantizando su funcionamiento eficaz y seguro. La colaboración entre las entidades reguladoras y los actores del mercado será clave para superar estas barreras y promover un ambiente cambiario más transparente y eficiente.

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