El fallo del Tribunal Constitucional dado a conocer el 19 de julio tuvo un gran impacto en el ámbito jurídico al abordar el conflicto entre los derechos religiosos y el derecho a la vida. La sentencia, emitida el 27 de agosto de 2023, determinó que el interés superior del niño debe prevalecer sobre el derecho a la libertad de culto de los padres. Este caso involucró a unos padres testigos de Jehová que se opusieron a una transfusión de sangre para su hijo recién nacido por motivos religiosos. A pesar de que el tratamiento con inmunoglobulina humana ya había sido administrado y el niño estaba dado de alta, el TC emitió su sentencia para establecer un precedente legal.

El fallo generó opiniones encontradas entre abogados constitucionalistas sobre si establece o no un precedente en República Dominicana. Eduardo Jorge Prats consideró que marca un importante precedente en la forma en que los tribunales deben abordar los conflictos de derechos, aunque cada caso es único. Por otro lado, el abogado Nassef Perdomo sostuvo que las decisiones del Tribunal Constitucional son vinculantes para los poderes públicos y que el fallo sienta un precedente que debe ser respetado en casos similares.

El Tribunal Constitucional reconoció los derechos de los padres de profesar una religión y actuar bajo sus creencias, pero señaló que cuando se trata de la protección de un menor, la preservación de su vida y salud está por encima de cualquier interés individual. A través de la sentencia TC/1078/2023, el alto tribunal decidió que el interés superior del niño debe prevalecer sobre el derecho a la libertad de culto de los padres. El incidente tuvo lugar el 14 de julio de 2023, cuando se recibió una denuncia de unos padres que se negaron a dar consentimiento para que su bebé recibiera una transfusión sanguínea necesaria para salvar su vida.

El recién nacido presentaba bajos niveles de hemoglobina y altos niveles de bilirrubina debido a una condición de incompatibilidad de Alvéolo y requería una transfusión sanguínea inmediata. A pesar de que los padres se opusieron al tratamiento y optaron por una alternativa médica, el Ministerio Público presentó un recurso de amparo para proteger la vida del bebé. El Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes decidió someter al bebé al tratamiento alternativo y, en caso de no funcionar, proceder con la transfusión sanguínea, decisión respaldada por el Tribunal Constitucional.

En su sentencia, el Tribunal Constitucional criticó la decisión de la Primera Sala Civil de permitir un tratamiento alternativo en lugar de uno científicamente comprobado. Esto llevó a que el alto tribunal determinara que el interés superior del niño debe primar sobre el derecho a la libertad de culto de los padres. Este fallo ha generado discusión entre los expertos en derecho constitucional sobre si establece un precedente en República Dominicana y cómo debe ser interpretado en casos futuros.

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