El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MMARN), junto con miembros de las fuerzas militares estatales, ha ordenado aumentar la vigilancia en el Monumento Natural Las Dunas de las Calderas. El Viceministerio de Áreas Protegidas y Biodiversidad, a cargo del Ministro Miguel Ceara Hatton, ha ordenado reforzar las patrullas y la vigilancia en el área, con la participación de guardaparques, el Servicio Nacional de Protección Ambiental (Senpa) y una unidad militar dedicada a MMARN. Además, una fuerza naval de la Armada Dominicana se encuentra en patrullaje, equipada con los recursos necesarios de movilidad para asegurar la seguridad en el monumento natural.

El Vice Ministerio de Áreas Protegidas ha expresado confianza en que la formación de la Co-Gestión del Monumento Natural Las Dunas de las Calderas será finalizada la próxima semana. Esta estructura de co-gestión tiene como objetivo integrar representantes de instituciones públicas y privadas interesadas en participar en el acuerdo de gestión compartida para esta importante área protegida. Recientemente, la Dirección Legal de MMARN presentó una denuncia ante el Ministerio Público, solicitando una condena de tres años de prisión para dos individuos acusados de talar y quemar en la zona de buffer de las Dunas. En la denuncia presentada ante la Procuraduría Especializada para la Defensa del Medio Ambiente y los Recursos Naturales (Proedemaren), el ministerio actúa como parte civil contra Estervino Vizcaíno Guerrero y Fausto Vizcaíno Rodríguez, responsables de la tala y quema de árboles en la zona de buffer del Monumento Natural.

El ministerio busca la pena máxima de tres años de prisión correccional, según el numeral 1 del artículo 183 de la Ley 64-00 sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales. Además, la institución solicita que se ordene a los acusados a pagar una multa de 500,000 pesos. Los acusados están siendo acusados de violar diversas disposiciones establecidas en los artículos 66, 67, 138, 174, 175 y 183 de la Constitución de la República y la Ley 64-00.

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