La Dirección General de Migración (DGM) insta a los ciudadanos a obtener certificaciones de autorización de viaje para menores de edad de manera oportuna debido a las vacaciones escolares, cuando los padres a menudo envían a sus hijos en viajes internacionales sin acompañarlos. Para evitar largas filas, congestión del sistema y garantizar que tengan los permisos necesarios antes de viajar, la DGM recomienda que los padres completen sus trámites con suficiente antelación. Estas autorizaciones pueden obtenerse incluso sin un vuelo comprado.
Estas certificaciones de viaje para menores de edad son válidas por 90 días y el proceso toma aproximadamente 48 horas desde la presentación de documentos hasta la recepción de la autorización por correo electrónico, luego de lo cual los padres pueden recogerlas físicamente. No es necesario esperar hasta que el viaje esté cerca para obtener la certificación de salida. Los requisitos para obtener estos permisos están detallados en el sitio web y redes sociales de la DGM e incluyen un poder legalizado por la Procuraduría General y firmado por los padres o uno de ellos, copia de los pasaportes de los padres o tercera persona que viaje con el menor, copia del pasaporte del menor con datos biométricos, fotos del menor, copia de la cédula del padre autorizante, acta de nacimiento del menor y documentos adicionales.
Además, la DGM recuerda que los menores que viajan con ambos padres no necesitan presentar actas de nacimiento en los aeropuertos a menos que un inspector identifique una situación irregular. La Dirección General de Migración es el organismo gubernamental responsable de salvaguardar la soberanía de la República Dominicana a través del control de la inmigración, según la Ley 285-04, que rige la entrada y salida de ciudadanos dominicanos y extranjeros.
Sus funciones incluyen monitorear la estadía de extranjeros de acuerdo con su estatus migratorio según lo estipulado por la ley y sus regulaciones, otorgar permisos de residencia de acuerdo con las categorías establecidas en la ley, implementar y ejecutar procedimientos para revocar la estadía de extranjeros según sea necesario, denegar la entrada a extranjeros que no cumplan con los requisitos legales, ejecutar órdenes de no admisión, deportación o expulsión emitidas por autoridades competentes y establecer acuerdos con instituciones privadas y públicas en asuntos migratorios, cubriendo tanto los procesos de control migratorio como los impactos sociales y económicos de estos procesos.