El Tribunal Superior Electoral (TSE) ha ordenado el archivo definitivo de la demanda presentada por Alexander Liz de Jesús en contra del Partido Revolucionario Moderno (PRM) y la Comisión de Elecciones Internas (CNEI) de esa organización. Esta demanda fue presentada luego de que Liz de Jesús fuera excluido de la boleta del PRM debido a una reorganización exigida por la Junta Central Electoral (JCE) que no cumplía con la cuota de género en las candidaturas a diputados de la circunscripción tres del Distrito Nacional. Sin embargo, el abogado de Liz de Jesús, Manuel Soto Lara, informó que su cliente ha decidido desistir de la demanda, ya que la situación interna que la motivó ha sido subsanada por las autoridades competentes.
El PRM tuvo que realizar una reorganización de su boleta debido a no cumplir con la cuota de género establecida por ley, con un 60% para hombres y un 40% para mujeres. Tras la orden de la JCE, el partido decidió, mediante un sorteo con una moneda al aire, qué candidato sería excluido de la boleta de la circunscripción tres del Distrito Nacional. En el sorteo, Alexander Liz fue el candidato que salió de la boleta para dar paso a la ex regidora Francisca Jáquez, cumpliendo así con la cuota de género exigida por la ley 20-23 de Régimen Electoral. La boleta del PRM inicialmente contaba con cinco hombres y dos mujeres, pero tras la inclusión de Jáquez, se completa con cuatro hombres y tres mujeres.
El desistimiento de la demanda por parte de Liz de Jesús ocurrió luego de que las partes involucradas reconocieran que la situación que motivó la demanda ha sido solucionada administrativamente por los órganos competentes. Las declaraciones de las partes demandadas calificaron la decisión de Liz de Jesús como "honorable". Tras esto, el Tribunal Superior Electoral ordenó el archivo de las actuaciones del proceso. La reorganización de la boleta del PRM y la exclusión de Liz de Jesús se debieron a la necesidad de cumplir con las cuotas de género establecidas por ley, y la situación fue resuelta sin necesidad de continuar con la demanda presentada.
La inclusión de Francisca Jáquez en la boleta del PRM como candidata a diputada por la circunscripción tres del Distrito Nacional responde a la importancia de cumplir con las cuotas de género estipuladas en la ley electoral. Esta medida refleja el compromiso del partido oficialista de respetar las normas y promover la igualdad de género en la participación política. El proceso de reorganización de la boleta, aunque originó una demanda por parte de Liz de Jesús, finalmente llegó a su fin con el desistimiento de la misma y el archivo del caso por parte del TSE.
Los casos de reorganización de boletas y exclusión de candidatos por no cumplir con las cuotas de género son situaciones que pueden presentarse en el ámbito político, especialmente en el contexto de elecciones. En este caso particular, el PRM se vio obligado a realizar ajustes en su boleta para cumplir con la legislación electoral vigente, demostrando un compromiso con la equidad de género en la representación política. La decisión de desistir de la demanda por parte de Liz de Jesús y el archivo definitivo del caso por parte del TSE ponen fin a este episodio, permitiendo que el proceso electoral continúe conforme a las normas establecidas.